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Inmigración de Familia

La inmigración basada en la familia ha sido la piedra angular de los Estados Unidos durante siglos. Es un sistema que permite a los residentes permanentes legales y ciudadanos estadounidenses patrocinar a sus familiares cercanos para su admisión al país. El proceso puede ser complejo, pero ofrece muchos beneficios a la familia apadrinadora y al pariente apadrinado. Exploraremos la inmigración familiar con más detalle, incluidos los tipos de visas disponibles y los pasos involucrados en el proceso de patrocinio.

Patrocinio Familiar
(Ajuste y Tramitación Consular)

Una forma de inmigrar a los Estados Unidos es a través de la familia, que es un proceso de dos pasos. Primero, el miembro de la familia patrocinador debe presentar la Petición I-130 y los documentos de respaldo ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). El segundo paso es diferente dependiendo de si está dentro o fuera de los Estados Unidos.

Solicitar el estatus de residente permanente (tarjeta verde) en los Estados Unidos se llama Ajuste de Estatus y se logra presentando la Solicitud I-485 y los documentos de respaldo, incluido la Declaración Jurada de Patrocinio Económico I-864 firmada por el miembro de la familia patrocinador. Con un Ajuste de Estatus, puede permanecer en los Estados Unidos mientras se procesa su solicitud ante USCIS.

Si se encuentra fuera de los Estados Unidos, utilizará el Procesamiento Consular para convertirse en residente permanente obteniendo una visa de inmigrante del consulado de los Estados Unidos en el extranjero y luego entrando a los Estados Unidos con esa visa de inmigrante. Esto se logra presentando la Solicitud de Visa de Inmigrante DS-260 (en inglés) en línea y presentando los documentos de respaldo, incluyendo la Declaración Jurada de Patrocinio Económico I-864, ante el Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado.

Autorización de Empleo y Permiso Adelantado de Viaje
(mientras la residencia está pendiente)

Si tiene una solicitud I-485 de ajuste de estatus pendiente, también califica para solicitar un permiso de trabajo (con el Formulario I-765 Solicitud de Autorización de Empleo) y un permiso adelantado de viaje (con el Formulario I-131 Solicitud de Documento de Viaje) para que pueda trabajar y viajar mientras espera una decisión sobre su tarjeta de residencia. Sin embargo, en muchos casos, no es recomendable viajar fuera de los Estados Unidos y siempre debe buscar asesoramiento legal sobre los riesgos de viajar mientras su caso está pendiente.

Cancelación de Condiciones en la Residencia (I-751)
en caso de residencia a base de matrimonio

La Cancelación de las Condiciones se aplica a inmigrantes por matrimonio (y a sus hijos) que ingresaron a los Estados Unidos con una visa de inmigrante o que ajustaron su estatus y estuvieron casados ​​con su cónyuge ciudadano estadounidense durante menos de dos años en el momento en que se convirtieron en residentes permanentes.

A dichos cónyuges no ciudadanos (y a sus hijos) se les concede el estatus de residente permanente condicional al ingresar a los Estados Unidos o al ajustar su estatus. La cancelación de las condiciones es el proceso en el que el USCIS otorga al cónyuge no estadounidense el estatus de residente permanente completo al remover las condiciones de su estatus y emitirle una tarjeta de residencia por 10 años. La pareja casada debe presentar la Petición I-751 para cancelar condiciones de forma conjunta, proporcionar evidencia documental suficiente para demostrar la buena fe de su matrimonio y, en la mayoría de los casos, presentarse juntos para una entrevista con un oficial de inmigración.

El requisito de que la pareja casada presente la Petición I-751 de forma conjunta puede prescindirse en determinadas circunstancias, como el divorcio o la violencia doméstica. En casos de divorcio, es aún más importante demostrar la buena fe del matrimonio. Es sumamente importante buscar asesoramiento legal para determinar si califica para una exención del requisito de la presentación conjunta.

Visas de Prometido K-1 y Ajuste

La visa K-1, comúnmente conocida como visa de prometido, permite que el prometido de un ciudadano estadounidense venga a los Estados Unidos con la premisa de que se case dentro de los noventa días. El cónyuge recién casado puede solicitar el ajuste a la residencia permanente (tarjeta verde) en función de su matrimonio.

El primer paso hacia una visa K-1 para el prometido de un ciudadano estadounidense es presentar la Petición I-129F y los documentos de respaldo. Una vez aprobada, el prometido no estadounidense solicita la visa K-1 ante el Departamento de Estado de los Estados Unidos a través de la Embajada o el Consulado de los Estados Unidos en su país de origen.

Prohibiciones de Reingreso por Presencia Ilegal y Exención Provisional I-601A por Presencia Ilegal

Si ingresó al país sin inspección y busca residencia basada en su familia, en la mayoría de los casos necesitará un proceso consular. Incluso si ingresó con una visa, si no está solicitando como familiar inmediato (cónyuge, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses) y sobrepasó su estancia, en la mayoría de los casos también necesitará realizar un proceso consular.

Sin embargo, una vez que salga del país, puede estar sujeto a prohibiciones para volver a ingresar si estuvo en los Estados Unidos sin estatus durante 6 meses o más (prohibición de 3 años) o 1 año o más (prohibición de 10 años).

Si busca residencia permanente basada en su familia, pero está obligado a realizar un proceso consular y está sujeto a una prohibición de reingreso por presencia ilegal, puede que califique para la Exención Provisional por Presencia Ilegal, presentada con la Solicitud I-601A y los documentos de respaldo. La exención agrega un paso adicional y tiempo al proceso descrito anteriormente para el procesamiento consular basado en la familia, pero le permite permanecer en los Estados Unidos mientras su exención está pendiente.

Para calificar para la exención I-601A, debe demostrar dificultades extremas a un familiar cualificado si no se le permite regresar a los Estados Unidos. El familiar cualificado solo puede ser un cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente permanente.

Exenciones por otros motivos de inadmisibilidad y deportabilidad
(como falsa representación o fraude de inmigración, antecedentes penales)

Hay factores específicos, como los antecedentes penales, que pueden hacer que usted no pueda ingresar a los Estados Unidos, solicitar la residencia o regresar a los Estados Unidos después de salir. Algunos factores pueden incluso ponerlo en peligro de deportación. Estos se conocen como motivos de inadmisibilidad y deportabilidad, y están enumerados en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). En algunos casos, incluso si se le considera inadmisible, puede, aun así, ser candidato para una exención.

Peticion para Viudo(a) (I-360)

La petición de viudo(a) (I-360) es para personas que desean convertirse en residentes permanentes después de perder a su cónyuge ciudadano estadounidense. Si es viudo de un ciudadano estadounidense y estaba casado con el ciudadano en el momento de su muerte, puede presentar una solicitud por su cuenta con la Petición I-360, incluso si su cónyuge no presentó una solicitud por usted anteriormente. Para calificar como cónyuge de un ciudadano fallecido, debe demostrar que su matrimonio fue legal y se celebró de buena fe (bona fide).

Permiso de Permanencia en el País (Parole-in-place) para familia de militares

El permiso de permanencia temporal en el país (parole-in-place en inglés) es un tipo de permiso de permanencia otorgada a personas que ya se encuentran dentro de los Estados Unidos, pero que ingresaron sin inspección. Se otorga en raras ocasiones y sólo cuando existe una necesidad humanitaria urgente o un beneficio público significativo. Los familiares cercanos de miembros en servicio activo de las Fuerzas Armadas o la Fuerza Seleccionada de la Reserva de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y de los veteranos que no fueron separados deshonorablemente pueden ser elegibles para este beneficio.

Montavon McKillip Law es una firma de inmigración de servicio completo en Vista, condado de San Diego, California (condado norte). Andrea Montavon-McKillip brinda asistencia legal a personas y familias que buscan convertirse en ciudadanos estadounidenses. Ha estado practicando leyes durante más de 20 años y tiene experiencia ayudando a personas de todos los ámbitos de la vida a navegar por el complejo sistema de inmigración de los Estados Unidos. Si necesita ayuda con la inmigración de familia, no dude en comunicarse con Andrea para una consulta.